Metodología del Estudio Atención Especializada

INTRODUCCIÓN

 

Para una mejor comprensión y análisis de las retribuciones de un Facultativo Especialista de Área (FEA), en este estudio se dividen en dos grandes bloques según se obtengan dentro de la jornada ordinaria estipulada en cada Comunidad Autónoma o en jornada extraordinaria, es decir, para obtenerlas haya que dedicar un tiempo extra además del de la jornada ordinaria.

Dentro de las retribuciones de jornada ordinaria, se diferencian dos tipos de retribuciones:

  • Retribuciones fijas inherentes al puesto de trabajo: en cada servicio de salud autonómico y para cada profesional, se cobran siempre, en idénticas cuantías y no requieren una dedicación o esfuerzo individual o voluntario. Corresponden al sueldo base, complemento de destino, complemento específico, complemento de productividad fija, etc. (se encuentran detallados al abordar el apartado de retribuciones fijas).
  • Retribuciones variables: son aquellas que, dentro de una misma categoría, se alcanzan de manera individual y diferente. Dependen de la dedicación, esfuerzo o rendimiento personal (objetivos, cambios de horario, docencia), años de servicio, etc. Corresponden principalmente al cobro de productividad variable, carrera profesional y antigüedad.

Sin embargo, esta diferenciación teórica genera problemas a la hora de plantear el estudio y análisis de las retribuciones, ya que algunas de las retribuciones fijas no se abonan igual para todos los FEA, ya que pueden depender de otros factores como la dedicación exclusiva o los años de antigüedad (tanto eventual como fijo). Por otro lado hay conceptos teóricamente englobados en la productividad variable pero que sin embargo los cobran un altísimo porcentaje de los profesionales, por lo que se podría decir que pertenecen a las retribuciones fijas.

Por ello, para los siguientes conceptos que pueden considerarse conflictivos, se ha optado por seguir los siguientes criterios:

  • Exclusividad: por una parte se podría considerar una retribución fija, ya que no entraña esfuerzo ni dedicación especial durante la jornada ordinaria, pero por otro parte la retribución es diferente según se cumpla o no esta condición. Se ha optado por diferenciar e incluir siempre ambos tipos de dedicación. Por ello, en el apartado de retribuciones fijas, se analizarán por separado los FEA con dedicación exclusiva y los FEA sin dedicación exclusiva.
  • Antigüedad: aunque pertenece también a las retribuciones fijas, la cantidad que se percibe por cada profesional varía según los años de dedicación al sistema. Por ello se ha optado por realizar un análisis independiente de la antigüedad, sacándola de las retribuciones fijas e incluyéndola en las variables, aunque para su consecución no sea necesaria una dedicación especial en ese momento. Dada la gran variabilidad de cobro por este concepto, además de un análisis descriptivo, para su mejor comprensión se realiza un supuesto concreto representativo que se denomina modelo oro.
  • Conceptos fijos que entrañan obligatoriedad de algún tipo de dedicación o condición: (modelo C de Complemento Específico en Valencia, Complemento de Jornada Completa en Cataluña- ICS, Complemento de Atención Programada de Especializada en Cataluña-XHUP): son modelos a generalizar, por lo que los cobran la práctica totalidad de los facultativos. Por ello se han incluido en las retribuciones fijas pero con una advertencia sobre las condiciones adicionales que requieren.
  • Productividad variable: en muchas comunidades este concepto lo perciben, en más del 80% de su valor económico, más del 80% de los FEA, por lo cual se ha optado por considerarlo una retribución fija.

En el apartado de retribuciones fijas se detallarán todos aquellos abonos que se incluyen bajo dicho concepto.

En cuanto a las retribuciones en jornada complementaria, podemos diferenciar dos grupos:

  • Retribuciones por Atención Continuada: guardias, tanto de presencia física como de localizada.
  • Retribuciones por otros trabajos suplementarios fuera del horario de jornada ordinaria: actividad extraordinaria de tardes (popularmente llamadas peonadas), actividad alternativa para profesionales exentos de guardias, pase de visita de los sábados, prolongación o ampliación de jornada, etc.

 

CLASIFICACIÓN DE LAS RETRIBUCIONES PARA EL ESTUDIO

 

 

*  La PRODUCTIVIDAD VARIABLE, en aquellas CCAA donde la cobra más del 80% de los FEA, se ha considerado retribuciones fijas.

 

METODOLOGÍA DEL ANÁLISIS

 Se realiza un análisis comparativo entre las retribuciones de los Facultativos Especialistas de Área (FEA) de las distintas autonomías y en los años que abarca el estudio.

Entre los FEA existen dos grupos importantes, según el especialista se dedique a trabajar para la administración pública de forma exclusiva o no, lo que implica el cobro de diferentes complementos. En los últimos años estamos viviendo una tendencia, por parte de algunas autonomías, a igualar retributivamente ambos grupos, ya que se entiende que la labor del profesional en el horario que le dedica a la administración es la misma, independientemente de lo que él luego realice en “su tiempo libre”. Por ello se dedica un apartado para analizar las diferencias entre ambos grupos según las autonomías.

Para realizar la comparación de forma real y práctica, en las primeras gráficas se han desglosado los distintos conceptos que conforman la nómina de un FEA, pero en las posteriores, cuando se habla de retribuciones fijas, se hace referencia a la cantidad global percibida, comprendiendo los distintos complementos, incluido el de residencia (ya que forma parte de las retribuciones fijas).

En las CCAA de Baleares y Canarias, que tienen establecidos dos complementos de residencia diferentes, según se encuentre la plaza en la que se ejerce en Mallorca, Gran Canaria y Tenerife o en el resto de los archipiélagos, se considera, por operatividad, únicamente el supuesto de residencia en el primer supuesto, lo que se denomina coloquialmente “insularidad capitalina”, ya que es la que afecta a la gran mayoría del colectivo que ejerce en estas Comunidades Autónomas.

Para realizar el estudio evolutivo de las retribuciones se ha considerado, como punto de partida, las retribuciones que hubiesen correspondido a un FEA en 2010 si no se hubiese practicado ningún tipo de recorte (2010 sin recorte). De esta forma pueden compararse estas hipotéticas retribuciones con las realmente percibidas a final de 2010 (2010 tras recortes) y a final de 2011 y de 2012 y calcular así las pérdidas sufridas por los profesionales tras los sucesivos recortes.

En cada tipo de retribuciones (fijas y variables) se ha realizado primero un estudio descriptivo de lo percibido por cada tipo de FEA (con o sin dedicación exclusiva) y por cada año del estudio, para pasar después a realizar un análisis de la merma de dichas retribuciones, tanto en valor absoluto como en porcentajes.

Como estos valores de los recortes no reflejan fielmente la pérdida real del poder adquisitivo, se ha realizado a continuación una relación entre los recortes sufridos y los indicadores económicos PIB per cápita, IPC e IP- interanual, y así mostrar con mayor fidelidad la pérdida sufrida.

Para una comprensión mejor del alcance real de los recortes, se ha realizado al final un supuesto práctico con un caso real donde se puede apreciar claramente la merma económica sufrida por el profesional utilizado como ejemplo y las diferencias entre las distintas autonomías.

En cuanto al análisis y discusión de los gráficos y resultados, para un mejor seguimiento de la explicación, se ha optado por incluir unas consideraciones a continuación de cada serie de gráficos y tablas, recogiendo dichos resultados en el capítulo de Conclusiones.

En la denominación en las gráficas y tablas de cada Servicio de Salud de cada autonomía, se utiliza una abreviatura del nombre de la Comunidad Autónoma correspondiente fácilmente identificable. excepto en el caso de Ceuta y Melilla para los que se utiliza las siglas de su servicio sanitario, INGESA.

 Para la identificación de los periodos de estudio se utiliza en algunas ocasiones los términos 2010(1) o 2010-1 para los valores de 2010 previos a los recortes y 2010(2) o 2010-2 para los valores de 2010 tras la aplicación del recorte de Junio de 2010. El resto de los años quedan claramente identificados como 2011 ó 2012.

En la mayoría de las gráficas, se ha incluido un valor “media” que corresponde al promedio de esa variable en el total de las autonomías. Sin embargo, en algunas ocasiones, y porque así lo requiere el estudio, esta “media” corresponde solo al promedio realizado entre aquellas comunidades que abonan ese concepto, no entre el total de ellas. En estos casos se avisa de esta especificidad.

Cuando alguno de los gráficos o tablas tenga alguna especificidad metodológica, se comentará junto a la explicación de dicho gráfico o tabla.

Para la creación de la base de datos, el estudio estadístico y la realización de gráficos se ha utilizado el programa Microsoft Excel®2010.