Sindicato Médico de Navarra, 19 de julio de 2019
Los Tribunales han vuelto a dar la razón, por segunda vez, al Sindicato Médico de Navarra en relación a la inclusión de los Médicos Internos Residentes (MIR) en los servicios mínimos del pasado día 3 de mayo 2019.
El Juzgado Contencioso-Administrativo nº 3 de Pamplona ha ratificado que incluir a los MIR en los servicios mínimos por parte del SNS-O vulneró el derecho a la huelga previsto en el artículo 28.2 de la CE, dado que los MIR son personal en formación y que por tanto su huelga no tiene otras consecuencias que las propias de la docencia y formación.
Se vuelve a dictaminar que los MIR no pueden ser objeto de regulación para prestar servicios mínimos en una huelga de médicos, tal como lo establece pacífica y reiteradamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Con esta sentencia la Justicia pone de manifiesto que el SNS-O sigue gestionando de forma contraria a la ley.
Esperemos que en la nueva convocatoria de huelga, prevista en septiembre, cumplan con la legalidad vigente y respeten el derecho constitucional a la huelga del personal en formación.
(accede desde aquí al texto de la Sentencia)
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